China publica las instrucciones para el primer ciclo de su SCE 

Ciudad de México, 01 de diciembre de 2021.- El Ministerio de Ecología y Medio Ambiente (MEE por sus siglás en inglés) de China publicó la "Notificación sobre el primer ciclo de cumplimiento de la entrega de derechos de emisión para el SCE nacional". Este aviso ordena a los gobiernos provinciales que lleven a cabo acciones clave para gestionar y completar el primer ciclo de cumplimiento del Sistema de Comercio de Emisiones (SCE) nacional -que abarca los años 2019 y 2020. Asimismo, especifica las normas y el procedimiento para el uso de compensaciones por parte de las entidades reguladas. 

 

Los acciones provinciales deberán:

1. Aprobar la asignación final de derechos de emisión para 2019 y 2020 y confirmar la obligación de cumplimiento. Las obligaciones de cumplimiento son limitadas en la fase actual. Las centrales de gas sólo tienen que entregar derechos de emisión hasta su nivel de asignación gratuita según el valor de referencia. La obligación de cumplimiento de otras entidades cubiertas se limita al nivel de asignación gratuita según los valores de referencia, más el 20% de sus emisiones verificadas. No es necesario entregar derechos de emisión por las emisiones verificadas que superen este umbral.

 

2. Instar a las entidades cubiertas dentro de sus jurisdicciones a completar el cumplimiento, con el objetivo de alcanzar una tasa de cumplimiento del 95% para el 15 de diciembre y del 100% para el 31 de diciembre de 2021.

 

3. Ayudar a las entidades cubiertas que estén dispuestas a utilizar créditos de compensación del programa de Reducción de Emisiones Certificadas de China (CCER, pos sus siglas en inglés) a inscribirse en su respectivo registro y sistema de comercio, y a comprar y cancelarlos.

 

4. Reforzar la supervisión del mercado y colaborar estrechamente con el registro del SCE nacional y la agencia de comercio de carbono nacional (Bolsa de Energía Ambiental de Shanghai).

 

Sólo existen dos restricciones relacionadas con el uso de las CCER: las entidades cubiertas sólo pueden utilizar compensaciones para un máximo del 5% de su obligación de cumplimiento, y éstas no deben proceder de proyectos de reducción que estén incluidos en el SCE. No hay ninguna restricción en cuanto al tipo de proyectos aceptados, lo que podría permitir la entrada en el mercado nacional de créditos de calidad variable procedentes de registros antiguos.


Con información de: International Carbon Action Partnership ICAP

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